lunes, 5 de mayo de 2014

Caza Deportiva

 La Federación Caza, Pesca y Tiro Deportivo del Chaco con la Cooperadora de Fauna y Flora del Chaco, ha coordinado acciones con los clubes  de caza y pesca del interior para solicitar la habilitación de la Caza Deportiva Mayor y Menor en la Provincia, proponiendo  especies, cantidades y zonas a ser habilitadas en la presente temporada. 
Ante la propuesta efectuada por las instituciones mencionadas y conforme a los criterios y muestreos realizados por esta Dirección más antecedentes de años anteriores, sería viable la apertura de la temporada de caza 2014 desde el día 03 de mayo del corriente y hasta las 24,00 hs. del día 18 de agosto de 2014. 

las especies autóctonas objeto de caza deportiva se encuentran incluidas en el Apéndice II de CITES (Convención sobre Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestre).

Por esto el Director de Fauna, Sr. Mario Cuevas Dispuso, mediante Disposición N° 033/014; ARTICULO 1º: HABILITAR la temporada de  Caza  Deportiva  Mayor y Menor en la  Provincia del Chaco, a partir de la 00,00 hora del día 03 de mayo del corriente y hasta las 24,00 horas del día 18 de Agosto de 2014, por los motivos expuestos en los considerandos de la presente y acorde a especies y cantidades que se detallan en Planillas Anexas  de la presente.

ARTICULO 2°: PROHIBIR la Caza Deportiva Mayor y Menor en Zonas  Especialmente Protegidas, Parques  Provinciales y Unidades de Conservación comprendidas en la Ley N° 4358 (Sistema Provincial de Áreas Naturales Protegidas), así como en Parques y Reservas Nacionales y, en un radio de tres (3) kilómetros de distancia en las zonas de amortiguación de las mismas

PARA VER LA DISPOSICIÓN COMPLETA Y LAS ESPECIFICACIONES DE ESPECIES Y FECHAS
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