Dirección de Fauna y Áreas Naturales Protegidas
RESPONSABILIDAD PRIMARIA"Implementar políticas relacionadas con la investigación, desarrollo, conservación y manejo racional de los recursos de la fauna silvestre tendientes a la protección de la biodiversidad".ACCIONES
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1. Implementar políticas sobre la fauna silvestre, en lo atinente al manejo de los recursos acuícolas, pesca, fauna silvestre y la actividad de caza en el territorio provinical.
2. Investigar especies de la fauna silvestre para su conocimiento, a fin de difundir principios conservacionistas.
3. Ejercer el Poder de Policía en las actividades de caza y pesca en cualquiera de sus modalidades y coordinar su accionar con las fuerzas de seguridad nacional y/o provincial.
4. Proponer las reglamentaciones referentes al manejo, conservación y desarrollo de la fauna silvestre y las comprendidas en el sistema provincial de áres naturales protegidas, los períodos de prohibición y habilitación de los recursos de la fauna silvestre terrestre y acuática.
5. Coordinar con provincias limítrofes, medidas conducentes a un mejor aprovechamiento de la fauna silvestre, las pesquerías y recursos acuícolas con principios de conservación y desarrollo.
6. Suscribir acuerdos con dependencias de otras jurisdicciones y organismo nacional competente para el manejo, conservación, fiscalización, educación, protección de especies de la fauna y la flora de la áreas naturales protegidas.
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2. Investigar especies de la fauna silvestre para su conocimiento, a fin de difundir principios conservacionistas.
3. Ejercer el Poder de Policía en las actividades de caza y pesca en cualquiera de sus modalidades y coordinar su accionar con las fuerzas de seguridad nacional y/o provincial.
4. Proponer las reglamentaciones referentes al manejo, conservación y desarrollo de la fauna silvestre y las comprendidas en el sistema provincial de áres naturales protegidas, los períodos de prohibición y habilitación de los recursos de la fauna silvestre terrestre y acuática.
5. Coordinar con provincias limítrofes, medidas conducentes a un mejor aprovechamiento de la fauna silvestre, las pesquerías y recursos acuícolas con principios de conservación y desarrollo.
6. Suscribir acuerdos con dependencias de otras jurisdicciones y organismo nacional competente para el manejo, conservación, fiscalización, educación, protección de especies de la fauna y la flora de la áreas naturales protegidas.
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Decreto Nº 241
Firman:
Cr. Jorge Milton Capitanich - Gobernador.
Dr. Francisco José Baquero - Ministro de Salud Pública.