Tabla de Especies - Medidas
y Cupos de Extracción de Pesca
y Cupos de Extracción de Pesca
La medida que se propicia fue consensuada y puesta a consideración y opinión de la Asociación Cooperadora de Protección a la Fauna, la Flora del Chaco y de la Federación de Caza, Pesca y Tiro Deportivo del Chaco y la Federación Chaqueña de Pesca Deportiva y Lanzamiento, en razón que ambas instituciones concentran a los pescadores deportivos de toda la provincia.
RIGE A PARTIR DEL 1º DE JUNIO DE 2010
(1) Medidas mínimas en centímetros, tomadas desde el extremo del hocico hasta la punta de la aleta caudal.
(2) Cantidad máxima a extraer por persona por día de pesca, en el cual está previsto no más de 20 ejemplares de especies variadas.
(3) Cantidad máxima de piezas a transportar por medio de transporte, cualquiera sea la cantidad de pescadores en el cual está previsto no más de 20 ejemplares de especies variadas, conforme a lo establecido en el Artículo 5º de esta Disposición.
a. Cuando se trate de la especie Dorado (Salminus sp.) su transporte no se podrá realizar fuera de los límites de la Provincia del Chaco.
b. Déjase aclarado que el precintado obligatorio para Manguruyú corresponde sólo a la especie con nombre científico Paulicea lutkeni.
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(2) Cantidad máxima a extraer por persona por día de pesca, en el cual está previsto no más de 20 ejemplares de especies variadas.
(3) Cantidad máxima de piezas a transportar por medio de transporte, cualquiera sea la cantidad de pescadores en el cual está previsto no más de 20 ejemplares de especies variadas, conforme a lo establecido en el Artículo 5º de esta Disposición.
a. Cuando se trate de la especie Dorado (Salminus sp.) su transporte no se podrá realizar fuera de los límites de la Provincia del Chaco.
b. Déjase aclarado que el precintado obligatorio para Manguruyú corresponde sólo a la especie con nombre científico Paulicea lutkeni.
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