miércoles, 7 de noviembre de 2012

VEDA PESCA 11/12






        RESISTENCIA, 23 de Octubre de 2012


VISTO:

La Actuación Simple Nº E-5-2012-11485"A" de los registros de la Dirección de Fauna y Áreas Naturales Protegidas dependiente de la Subsecretaría de Recursos Naturales del Ministerio de Producción; y

CONSIDERANDO:

Que conforme a lo acordado en el seno del Comité Coordinador en el marco del Convenio sobre "Conservación y Desarrollo de los Recursos Ícticos en los Tramos Limítrofes de los Ríos Paraná y Paraguay", en reunión en la que participaron las autoridades del Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto de la Republica Argentina, autoridades de la Subsecretaria de Pesca Continental y funcionarios de las provincias de Chaco, Corrientes y Formosa, se arribó al acuerdo del período de veda anual para las actividades de la pesca deportiva y comercial en la región, que comenzará a regir desde la hora 00,00 (cero) horas el día 5 de Noviembre y hasta las veinticuatro (24:00 hs.) del 20 de Diciembre de 2012;

Que el período propuesto en esta provincia comprende: el Río Bermejo, Río Paraguay, hasta su confluencia con el Río Paraná, además se incluyen los ríos y cursos de agua interiores;

Que en virtud de los antecedentes obrantes y a lo establecido en la Ley Nº 5.628 y su decreto reglamentario 422, es necesario el dictado del instrumento legal respectivo;


EL DIRECTOR DE A/C de LA DIRECCION DE FAUNA y AREAS NATURALES PROTEGIDAS
D I S P O N E:

ARTICULO 1º: Fijar  la VEDA de PESCA para las actividades deportivas y comerciales en el Río Bermejo, Río Paraguay, hasta su confluencia con el Río Paraná, además se incluyen los ríos y cursos de agua interiores; a partir de las 00,00 (cero) horas del  día  5 de Noviembre del corriente año y hasta las 24,00 (veinticuatro) horas del día 20 de Diciembre del año 2012.

ARTICULO 2º: El incumplimiento de lo dispuesto en la presente Disposición, será sancionado conforme lo establecido por la Ley N º 5.628, su Decreto Reglamentario

ARTICULO 3º: Registrar, comunicar y archivar.


D I S P O S I C I O N      Nº 100

a.s.g.
Firmado: Dr. MARIO ALBERTO CUEVAS
A/C Dirección de Fauna y Áreas Naturales Protegidas
Subsecretaría de Recursos Naturales
Ministerio de Produccion